La movilidad del futuro
Nuestra visión de una sociedad sin contaminación y una transición energética efectiva incluye facilitar la movilidad eficiente y limpia para todos. Por eso, estamos comprometidos en brindar a nuestros clientes la opción de instalar puntos de recarga en sus hogares, haciendo que la transición hacia vehículos eléctricos y no contaminantes sea más accesible y conveniente. Ofrecemos una amplia gama de puntos de recarga para adaptarnos a las necesidades específicas de cada cliente.
¡Instalamos un punto de recarga en tu propia casa!
ASCOEN instala puntos de recarga de vehículos eléctricos en diversos lugares, proporcionando un servicio completo que incluye instalación, gestión de ayudas y certificados legales, y garantizando comodidad y satisfacción para nuestros clientes.
Ahorra
En ASCOEN, comprendemos la importancia de ahorrar al cargar tu vehículo eléctrico en casa, y hemos diseñado la mejor tarifa de luz para hacerlo posible. Tu bienestar es nuestra prioridad, y con esta tarifa, puedes cargar tu coche sin preocupaciones, evitando sorpresas desagradables en tu factura energética. Ahorrar y cargar tu vehículo eléctrico nunca ha sido tan fácil con nosotros.
Te financiamos
Obtén tu punto de recarga al mejor precio. Si estás considerando la instalación de un punto de recarga para vehículos eléctricos en tu casa, garaje comunitario o empresa, solicita nuestro estudio gratuito. Proporcionaremos un presupuesto personalizado que se adapte a tus necesidades. Déjanos tus datos y estaremos encantados de ayudarte.
Preguntas frecuentes
El Plan MOVES III es un programa de ayudas públicas que buscan fomentar la movilidad eléctrica y sostenible, e impulsar la transición energética hacia una sociedad libre de contaminación y emisiones perjudiciales para el medioambiente. Para ello, permiten financiar hasta un 80% la inversión en los puntos de recarga tanto de particulares, como de empresas y autónomos:
- Para hogares: la subvención puede llegar a ser como máximo de un 70% del coste de la instalación y del terminal. Si habitas en un municipio de menos de 5.000 habitantes, la cifra asciende hasta el 80%. En ambos casos, las ayudas tienen un límite de 5.000 € por solicitante.
- Para empresas: las ayudas se dividen en dos tipos:
- Para puntos de recarga de menos de 50kW: 30% de subvención del importe final; y 40% en zonas de menos de 5.000 habitantes. El límite es de 800.000€ por expediente, y de 2,5 millones de euros por solicitante último.
- Para puntos de recarga de más de 50kW: 35% de subvención para grandes compañías, 40% si está situada en un municipio de menos de 5.000 habitantes. Para empresas medianas, 45% y 50% respectivamente, y para pequeñas empresas, 55%, o 60%.
- Para autónomos, el límite de las ayudas se marca mediante el Reglamento de Mínimos.
Tienes que tener en cuenta, además, que este tipo de subvenciones no son acumulables ni compatibles con otras ayudas públicas cuyo objetivo sea el mismo. Esto ocurre ya sean concedidas por entidades públicas o privadas.
La instalación de un punto de recarga de vehículo eléctrico generalmente no requiere un aumento en la potencia eléctrica de tu hogar. La mayoría de los hogares tienen una potencia contratada de entre 3,5 y 4,5 kW, lo cual es suficiente para cargar un coche eléctrico en casa.
La potencia de carga que necesitarás depende de tu elección de cargador y puede variar entre 3,7 kW y 7,4 kW para sistemas monofásicos, o entre 11 kW y 22 kW para sistemas trifásicos. En cualquier caso, no suele ser necesario aumentar la potencia eléctrica de tu hogar.
Es recomendable optar por cargadores inteligentes, ya que evitan sobrecargar la red eléctrica y pueden programarse para cargar el vehículo durante las horas más económicas del día. Estos cargadores se ajustan en tiempo real al consumo de otros dispositivos en el hogar, lo que garantiza un uso eficiente de la electricidad.
En el contexto de la instalación de un punto de recarga en un garaje comunitario, no es necesario solicitar permiso a la comunidad de propietarios. Sin embargo, de acuerdo con el artículo 17.5 de la Ley de Propiedad Horizontal, es importante comunicar previamente por escrito al presidente y al administrador de la finca o comunidad sobre la intención de llevar a cabo la instalación. En resumen, no es un requisito obligatorio solicitar permiso, pero sí es necesario informar formalmente a las partes involucradas.